
El expresidente Álvaro Uribe Vélez radicóante el Tribunal Superior de Bogotá una carta en la que renuncia a la prescripción de la acción penal del proceso que se le sigue por soborno en la actuación penal y fraude procesal.
“La prescripción de la acción penal, que nunca he buscado y de la que no quiero beneficiarme, no puede privarle la oportunidad a la Sala de tener las condiciones materiales mínimas para proferir un fallo que, independientemente de su sentido, sea el resultado de un análisis sereno, ponderado e integral de la prueba”, se lee en la carta.
Agrega el exmandatario:»Pido entonces, Honorables Magistrados, acepten, en los términos del artículo 85 del Código Penal, la renuncia que hago al derecho de verme favorecido por la prescripción de la acción penal y que adopten, en mí caso, la decisión de fondo que en derecho corresponda, conforme sólo a lo probado en juicio, a lo que ordena la ley y lo que sea justo“.

La decisión se conoce a mes y medio de que venza el plazo legal para que haya un fallo de segunda instancia que podría tumbar o ratificar la condena que se le impuso a 12 años de prisión.
¿Qué significa que Álvaro Uribe haya renunciado a la prescripción?
Con la renuncia a la prescripción del proceso, no existe límite temporal para que se produzca un fallo de fondo.
A pesar de que venza el plazo no habrá vencimientos de términos, la justicia puede tomarse el tiempo que considere para revisar la segunda instancia e incluso un recurso de casación, si llegara a presentarse.
De hecho, el abogado Jaime Granados, defensor principal del expresidente, dijo en 6AM de Caracol Radio, que “fue una idea original del presidente”.
El Tribunal podrá tomarse “todo el tiempo que sea necesario. Ellos son indudablemente muy capaces, muy profesionales. La ley les da dos años. Yo no creo que se van a tomar ni ese tiempo, ni la mitad de ese tiempo. Seguramente tomarán el tiempo más rápido posible, pero razonablemente también, porque esto es lo que se trata, ni más ni menos”.
*Con informacion de Caracol Radio
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