
El expresidente Álvaro Uribe fue condenado a 12 años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal. Los detalles de la condena se conocerán a las 2:00 p.m.
Segun la emisora Blu Radio la sentencia que leerá la jueza Sandra Heredia en unas horas se expone la pena que tendrá que pagar el exmandantario que sería en prisión domiciliaria.
Se lee en el fallo «condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales 144 meses –o lo que es lo mismo, 12 años de prisión, y una multa equivalente a 2.420 S.M.L.M.V., e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinado penalmente responsable del delito de Soborno en Actuación Penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con Fraude Procesal en concurso homogéneo como se expuso en la parte motiva de la sentencia, cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta el paginario».
La condena se relaciona con los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, cometidos en las circunstancias que detalla la sentencia. Sin embargo, el expresidente fue absuelto de algunas acusaciones:
Fue absuelto del delito de soborno simple relacionado con el caso que involucra a la exfiscal Hilda Niño Farfán.
También fue absuelto del delito de fraude procesal en el evento denominado «Pacho con Dinamarca», en relación con Harlington Mosquera.
Dado que esta es una decisión en primera instancia, la sentencia admite un recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. El recurso debe ser interpuesto en el momento procesal o sustentado oralmente de inmediato, o por escrito dentro de los 5 días siguientes.
Se ha conocido que el expresidente Uribe Vélez tiene la intención de sustentar su apelación de manera personal en la audiencia.
Una de las principales discusiones jurídicas que se abre a partir de esta condena es si la apelación suspenderá o no la detención domiciliaria inmediata.
Aunque la sentencia no parece indicarlo directamente, varios juristas y abogados penalistas consultados por Blu Radio han señalado que, según el Código Penal colombiano, la ejecución de una sentencia podría quedar suspendida mientras esta no quede ejecutoriada, es decir, mientras el Tribunal Superior de Bogotá decide si la confirma o la revoca.
Serán tres magistrados del Tribunal Superior de Bogotá quienes deberán analizar esta sentencia y resolver las decisiones tomadas por la jueza Sandra Heredia
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