El juzgado 20 del círculo de Medellín ordena, en primera instancia, a la Clínica del Dolor (Incodol) que realice la eutanasia a Martha Sepúlveda. Afirma el juez que se le habría vulnerado su derecho a morir dignamente al cancelar el procedimiento que estaba programado para el pasado domingo 10 de octubre.
Esta decisión fue en respuesta a la tutela interpuesta por la misma paciente, que argumenta que vio vulnerado su derecho.
Para el juzgado, Martha Sepúlveda tiene el derecho debido a que sufre de Esclerosis Lateral Amiotrófica, una enfermedad grave, degenerativa, progresiva e incurable y por reunir los requisitos establecidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Según el fallo, en 48 horas Indocol debe programar con Martha Sepúlveda el día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento, pero depende que la paciente de ELA aún tenga esa voluntad.
El juez también ordena en su fallo de tutela que se desvincule del proceso a la IPS Neuromédica, a la especialista en neurología neuromuscular, Liliana Villarreal Pérez, así como a la EPS Sura, por cuanto ·no son las llamadas a acatar la orden constitucional y “por falta de legitimación en la causa”.
Por ahora, ni Indodol ni la EPS se han pronunciado sobre esta decisión o se interpondrá algún recurso de apelación.
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