
El Tribunal Superior de Bogotá absolvió este martes al expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010) de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, al resolver la apelación presentada por su defensa contra la condena de 12 años de prisión domiciliaria que le había impuesto en agosto pasado la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.
Argumentos del Tribunal para absolver a Uribe por el delito de fraude procesal
El magistrado Manuel Antonio Merchán, ponente del fallo del Tribunal Superior de Bogotá, explicó que la sentencia de primera instancia que condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez por fraude procesal presentaba deficiencias estructurales en la valoración de las pruebas, así como errores metodológicos y falta de rigor lógico en el análisis de los testimonios y documentos.
Según Merchán, la jueza Sandra Heredia basó su decisión en apreciaciones subjetivas y en inferencias sin respaldo probatorio, lo que impidió demostrar la existencia de un propósito defraudatorio o de un dolo determinante.
“Respecto a las fosas, cada vida afirma conocerla, mientras que Cuesta lo niega. La relación con Diego Cadena se caracteriza por incongruencias entre los testimonios sobre reuniones y elaboración de documentos dirigidos a la Corte, lo que la sentencia califica como plagadas de ambigüedades, sin precisar cuáles son los hechos jurídicamente relevantes ni cómo inciden en la credibilidad. Esta falta de concreción afecta la solidez del análisis, pues no se determina el impacto real de dichas inconsistencias en la estructura probatoria”, señaló el magistrado al leer el fallo.
El Tribunal también cuestionó que la jueza omitiera integrar elementos corroborativos sobre la elaboración de las cartas de los internos y el rol de Ángela Milena López, señalando que su intervención obedeció a razones legítimas, como la asistencia técnica solicitada por los presos y la revisión y firma de los documentos por parte de ellos mismos.
Merchán subrayó que la decisión de primera instancia utilizó premisas vagas, genéricas y sesgadas, sustituyendo el análisis probatorio por juicios retóricos sin sustento en los hechos concretos.
“Las conclusiones no verificables se manifiestan en la presunción de irregularidad en la selección de abogados y la calificación de subrepticia de la estrategia defensiva sin soporte probatorio. Estas falencias comprometen la solidez del razonamiento judicial y la objetividad exigida en la valoración testimonial, afectando la validez de la inferencia sobre el dolo determinado”, agregó el magistrado.
El Tribunal determinó que no existieron pruebas sólidas que demostraran que la actuación de Uribe o de sus abogados tuviera un propósito defraudatorio. Finalmente, Merchán destacó que la jueza confundió la preparación legítima de testigos con un supuesto adoctrinamiento, sin establecer criterios diferenciadores entre ambas figuras.
“La sentencia califica la reunión como adoctrinamiento, sin desarrollar criterios diferenciadores frente a la preparación legítima, lo que genera dudas sobre la motivación y validez probatoria de la conclusión”, precisó. En consecuencia, el Tribunal concluyó que la condena por fraude procesal carecía de sustento probatorio y jurídico, lo que llevó a revocar en su totalidad la sentencia y absolver al expresidente Álvaro Uribe Vélez de todos los cargos.
Tribunal absuelve a Uribe por delito de soborno
Durante la lectura del fallo, el magistrado Manuel Antonio Merchán sostuvo que no se demostró que el exmandatario hubiera inducido o instigado a terceros para cometer el delito de soborno.
“No se acreditó directa o indirectamente que Álvaro Uribe hubiera instigado el delito de soborno en actuación penal (…) por tanto la Sala revocará la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez como determinador del delito de soborno en actuación penal”, señaló el magistrado Merchán.La decisión del Tribunal incluye los casos relacionados con los exparamilitares Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés Velasco, alias ‘Diana’, y se extiende también al proceso que involucraba al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, quien continúa privado de la libertad.
El caso Monsalve y las acusaciones de soborno
Monsalve había afirmado que Uribe fue uno de los promotores del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y sostuvo que fue presionado en prisión por un abogado cercano al expresidente para retractarse de sus señalamientos.
Sin embargo, el Tribunal consideró que la sentencia de primera instancia incurrió en errores interpretativos y valorativos, pues “no se acreditó responsabilidad más allá de toda duda razonable”.
De acuerdo con Merchán, la jueza Heredia aplicó de forma errónea la figura del “dolo eventual”, cuando la ley penal exige “dolo directo” para determinar la responsabilidad en el delito de soborno.
Críticas del Tribunal a la jueza Heredia
El fallo del Tribunal incluyó un duro reproche a la jueza Sandra Heredia, señalando que su condena se basó en inferencias sin sustento objetivo y en una lectura sesgada de las pruebas.
“La sentencia incurrió en error al asumir que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas equivalía a dolo determinador, interpretando falazmente recomendaciones de decir siempre la verdad como encargo ilícito sin evidencia”, indicó el magistrado. Asimismo, Merchán destacó que las conversaciones interceptadas a Uribe y su abogado “reflejan ausencia de instrucciones para inducir falsedad”, y que las expresiones del exmandatario fueron malinterpretadas.
Contexto del proceso judicial
El expresidente Uribe se había convertido el 1 de agosto pasado en el primer exmandatario colombiano condenado penalmente, tras ser hallado culpable por fraude procesal y soborno en actuación penal.
La jueza Heredia lo había sentenciado a 12 años de prisión domiciliaria, una multa superior a 3.400 millones de pesos (equivalente a 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes) y una inhabilitación de más de ocho años para ejercer cargos públicos.
Sin embargo, la absolución dictada por el Tribunal revoca en su totalidad esa condena y deja sin efecto las sanciones impuestas.
Origen del caso
El proceso judicial se remonta a 2012, cuando Álvaro Uribe denunció ante la Corte Suprema de Justicia al entonces senador Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. No obstante, la Corte archivó la denuncia y, por el contrario, inició una investigación contra Uribe al encontrar indicios de que había intentado alterar declaraciones de exparamilitares para desvincularse de casos de paramilitarismo.
La decisión del Tribunal Superior de Bogotá marca un giro judicial en el proceso más emblemático contra el expresidente Uribe, al determinar que no existieron pruebas suficientes para condenarlo por soborno ni fraude procesal.
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