Bogotá, 11 de diciembre de 2020
La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de suspensión por tres meses al expresidente del Banco Agrario de Colombia, Francisco Solano Mendoza, y por ocho meses a la exvicepresidenta de Crédito y Cartera, Gloria Marcela Ferrán Muñoz, por prestar $120.000 millones al Consorcio Navelena S.A.S, con participación mayoritaria del grupo brasileño Odebrecht que enfrentaba un alto riesgo reputacional.
En la misma decisión el ente de control modificó de 10 a ocho meses, la sanción impuesta a la exvicepresidenta de Banca Comercial, Mónica Santamaría Salamanca, y de tres meses a 45 días, al entonces gerente de cuenta en Banca Empresarial de la Gerencia Regional Bogotá, Ómar Arturo Páez Forero.
La Procuraduría comprobó que los disciplinados tramitaron y recomendaron presentar al Comité de Crédito Delegado de la Junta Directiva, la operación de crédito de $120.000’000.000 a nombre de Navelena S.A.S., a pesar del riesgo reputacional que tenía esta operación financiera, por la captura de Marcelo Odebrecht en Brasil por temas de corrupción.
Asimismo, evidenció que los exfuncionarios omitieron estudiar el nivel de endeudamiento del socio, y la capacidad de pago presente y futura del cliente al otorgar el crédito, pues para la fecha en que fue solicitado, el socio de Navelena “Constructora Norberto Odebrecht Colombia Ltda.” estaba incurso en causal de liquidación, tenía pérdidas acumuladas cercanas a $226’600.000 y un nivel de endeudamiento del 99%.
Para el ente de control los funcionarios del Banco Agrario actuaron de forma negligente y omitieron realizar el estudio y análisis del riesgo reputacional del cliente, no obstante las advertencias que hizo el entonces vicepresidente de Riesgos (2015), relacionadas con los riesgos asociados a los problemas que enfrentaba la firma Odebrecht en Brasil.
Según el Ministerio Público la imagen del Banco Agrario de Colombia se afectó, porque la exposición al riesgo que alcanzó por la obligación relacionada con Navelena generó un deterioro en la cartera comercial y un repliegue en las operaciones, según lo indicó el representante legal de la Sociedad Calificadora de Valores, BRC Estándar & Poors.
Las faltas de los exfuncionarios fueron calificadas como graves; las de Santamaría Salamanca y Ferrán Muñoz cometidas a título de culpa gravísima, y las de Solano Mendoza y Páez Forero, cometidas con culpa grave.
Finalmente, la PGN absolvió a los miembros de la junta directiva, el delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Arturo Adolfo Dajud Durán; delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Andrés Escobar Arango; representante del accionista mayoritario, Luis Fernando Mejía Alzate; representante del Gobierno Nacional, y los miembros independientes, Luis Eduardo Gómez Álvarez, Juan Luis Hernández Celis, César Pardo Villalba y Francisco Estupinán Heredia, tras determinar que actuaron amparados en el principio de confianza por cuanto las entonces vicepresidentas de Crédito y Cartera, y de Banca Comercial afirmaron que no existía riesgo reputacional y que ese aspecto había sido ampliamente estudiado en la sesión del 12 de noviembre de 2015.
La Sala Disciplinaria de la Procuraduría precisó que el tiempo impuesto como sanción se convertirá en salarios equivalentes al monto de lo devengado al momento de cometerse la falta para quienes no son servidores públicos.
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