
La Superintendencia Financiera informó en las últimas horas cuál es la nueva cifra para que le puedan embargar a un usuario su cuenta de ahorros.
Los usuarios de bancos que tengan problemas y cuentas pendientes por diferentes procesos judiciales, y que lleguen hasta una instancia de embargo, deberán tener en cuenta la normativa más reciente que emitió la Superfinanciera para permitir dicha medida cautelar.
Según informóel ente regulador a través de la carta circular 58 de 2022, firmada el pasado 6 de octubre, las cuentas de ahorros no se podrán embargar si tienen un monto igual o menor a $ 44′614.977.
Dicho valor, por norma, regirá desde hoy y hasta septiembre de 2023. En ese sentido, y según expone la Superfinanciera, si una persona tiene una cantidad inferior a esa cifra, no podrá ser embargada por ninguna instancia jurídica.
Según expuso el ente regulador, la normativa también tiene en cuenta una excepción y es que no aplica para casos de demandas de alimentos, entre otras cosas, por una “protección especial al crédito alimentario y al mínimo vital de quien pide este cobro”, cita el diario Portafolio.
Entra tanto, la Superfinanciera también fijó un monto para las sumas de depósitos y cuentas bancarias cuando una persona fallece y que tengan un saldo de hasta $74′358.288. Este valor será entregado a cónyuges, compañeros permanentes y herederos sin requerir un juicio de sucesión.
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