La Sala de Segunda Instancia revocó la absolución que en 2024 había favorecido a Santiago Uribe Vélez y lo declaró penalmente responsable por homicidio agravado y concierto para delinquir agravado. El fallo concluye que los hechos constituyen delitos de lesa humanidad bajo el Código Penal.
Según la sentencia, el tribunal encontró suficientes elementos probatorios para revertir la decisión del Juez Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia. La condena se fundamenta en un homicidio agravado, conforme a los artículos 103 y 104 numeral 7, y en concierto para delinquir agravado según el artículo 340 del Código Penal.
Como consecuencia, Uribe Vélez deberá cumplir una pena de 340 meses de prisión, equivalentes a más de 28 años. El fallo también impone una multa de 6.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años.
La decisión incluye además la prohibición de tenencia y porte de armas por 54 meses. La Sala negó la suspensión de la ejecución de la pena y rechazó la prisión domiciliaria, señalando que, una vez el fallo quede en firme, se expedirá orden de captura para cumplir la condena.
El tribunal declaró satisfechas las pretensiones de verdad, justicia y no repetición presentadas por la parte civil, tal como se estableció en el numeral 4.7 de la sentencia. También ordenó compulsar copias a la Unidad de Extinción de Dominio y a diferentes dependencias de la Fiscalía General de la Nación.
Asimismo, se dispuso remitir copias a la Defensoría del Pueblo, siguiendo lo indicado en los numerales 4.6.3, 4.6.4 y 4.6.5 del fallo. Estas actuaciones buscan garantizar seguimiento institucional y medidas complementarias en el proceso.
Tras conocerse la condena, el expresidente Álvaro Uribe Vélez reaccionó públicamente en su cuenta de X: “Siento profundo dolor por la condena contra mi hermano. Dios nos ayude”, escribió el exmandatario.

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