16 de abril de 2024

Esquema de vacunación completo, requisito para ingresar a eventos masivos

En tanto la ocupación UCI se mantenga inferior al 85%, se permitirá un aforo hasta del 100 % para la realización de eventos masivos, fútbol profesional y eliminatorias de fútbol, eventos sociales y corporativos, restaurantes, cines, discotecas y lugares de baile, entre

Con base en los lineamientos dispuestos por el Ministerio de Salud a través la resolución 1687 del 25 de octubre de 2021, la Alcaldía de Barranquilla determinó nuevas pautas para los protocolos de bioseguridad y aforos hasta el 100 % por sectores.

La Secretaría de Desarrollo Económico expidió la resolución 06 de 2021, mediante la cual precisa que se podrán realizar eventos de carácter público y privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos, deportivos, discotecas y lugares de baile.

En ese sentido, los establecimientos con protocolos de bioseguridad registrados y autorizados deberán acatar las siguientes medidas para su funcionamiento:
Aforo. Para eventos masivos, fútbol profesional y eliminatorias de fútbol; eventos sociales, empresariales y sitios de conferencias; restaurantes, cines, discotecas, bares y lugares de baile, el aforo podrá ser hasta del 100% de la capacidad de la infraestructura donde se realice el evento, siempre y cuando la ocupación de camas UCI se mantenga inferior al 85%. 
Requisito de acceso. Para el ingreso a este tipo de establecimientos o eventos mencionados, se deberá demostrar, mediante certificado físico o digital, que la persona cuenta con el esquema completo de vacunación o dos (2) dosis de la vacuna contra el COVID-19, para el caso de los mayores de 18 años. En el caso de los menores entre 12 y 18 años, deben contar con al menos una (1) dosis.
Distanciamiento. Se deberá cumplir con el distanciamiento físico de mínimo un (1) metro.

Cada establecimiento deberá hacerse responsable del control y el cumplimiento de esta medida. De igual manera, esta vigilancia será apoyada por la Secretaría de Gobierno, la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana y la Policía.

Al respecto, el alcalde Jaime Pumarejo comentó que “somos ejemplo: más del 60 % de la población ya tiene esquema completo de vacunación y el 90 % tiene al menos una dosis. Estamos esperando a los que aún faltan. Y todos, a mantener el autocuidado”.
dicionalmente, la ciudad mantiene el mejor Índice de Resiliencia Epidemiológica del país (0,88).

A su turno, el secretario de Desarrollo Económico, Ricardo Plata Sarabia, mencionó que, adicionalmente, “en línea con nuestro proceso gradual, responsable y seguro de reactivación de ciudad, continuaremos con estrategias complementarias que nos permitirán seguir siendo el referente nacional de reactivación y recuperación de empleo en Colombia”.

En ese sentido, destacó ‘Barranquilla se Reactiva con Vacunación’, una alianza de más de 100 marcas para otorgar beneficios a las personas vacunadas, así como la entrega del ‘Sello 100 % Vacunado’ por sectores a aquellos establecimientos comprometidos con el autocuidado de sus colaboradores, además de los puntos itinerarios de vacunación en zonas estratégicas de la ciudad.

Así va la vacunación COVID-19

A corte de 1° de noviembre en Barranquilla se han aplicado:
1.540.359 dosis en total.
874.753 primeras dosis, incluidas 5.852 en menores de 3 a 11 años.
545.150 segundas dosis.
107.622 dosis únicas.
12.834 dosis refuerzos.
Asimismo, se registran 652.772 personas mayores de 12 años con esquemas completos.

Sanciones y canales para denunciar incumplimiento

Los ciudadanos pueden contactar al equipo de Patrullas COVID cuando se evidencien incumplimientos de las medidas decretadas.

Canales de atención
Línea 195 y línea COVID 3851246.
Línea de Emergencias: 123.
Redes sociales Alcaldía de Barranquilla y Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana. 
Quienes incumplan los protocolos de bioseguridad y las medidas sanitarias establecidas serán sancionados con Multa General Tipo 4, equivalente a $936.320, y la suspensión temporal de la actividad por no atender las normas o disposiciones de seguridad o sanidad para el desarrollo de la actividad económica de acuerdo con su objeto social, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 1801 de 2016.

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