Los Ministerio de Salud, de Interior y de Comercio, emitieron una circular que manifiesta que los bares podrán volver a abrir, pero para ello, la petición deben hacerla los mandatarios locales al Mininterior.
Lo más llamativo de la medida es que los bares que cumplan con las medidas, podrán abrir, pero sin vender una sola gota de alcohol. Los bares, además, deberán cumplir con los protocolos en materia de bioseguridad que adoptó el Ministerio de Salud mediante las resoluciones 749 y 1050 de 2020, «o en aquellas que las modifiquen, adicionen o sustituyan».
La circular advierte que “…con sujeción a las parágrafos 5 y 3 de los artículos 4 y 5 del mencionado decreto 1076 de 2020, el Gobierno Nacional autorizó la implementación de planes piloto en bares tanto en municipios sin afectación o con baja afectación y en aquellos de moderada y alta, siempre y cuando, para su desarrollo se cumpla con los protocolos que en materia de seguridad adopte el Ministerio de Salud”
Asimismo, esta señala que «el funcionamiento de los bares, de acuerdo con las autorizaciones que emita el Ministerio del Interior, se realizará sin el expendio de bebidas alcohólicas, su funcionamiento es igual al de los restaurantes o expendios de comidas».
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