
Desde el pasado 10 de agosto empezaron los vencimientos para que las personas naturales del país cumplan con la declaración de Renta.
Durante los últimos 7 días hábiles de agosto, las personas cuyo NIT o cédula terminen entre el número 17 y el 30 deberán cumplir con este compromiso tributario.
A continuación, le contamos cómo estarán distribuidos los números según el día:
– Lunes 23 de agosto: 17 y 18.
– Martes 24 de agosto: 19 y 20.
– Miércoles 25 de agosto: 21 y 22.
– Jueves 26 de agosto: 23 y 24.
– Viernes 27 de agosto: 25 y 26.
– Lunes 30 de agosto: 27 y 28. -Martes 30 de agosto: 29 y 30
Tenga en cuenta que declarar Renta no quiere decir que deba pagar. El pago, de ser necesario, se define con los resultados que se obtengan de la declaración.(Vea: ).
Lo segundo que debe contemplar es la Unidad de Valor Tributario (UVT), que fue de $35.607 en 2020 y que es la base para las condiciones de quienes deben declarar.Y quienes cumplan con alguno de los siguientes requisitos deben cumplir con la esta obligación:superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020. iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020. mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.al cierre del año gravable 2020.
.también informó sobre los casos en los que las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia deben declarar renta.»», aclaró la entidad.
*Con información del diario económico Portafolio.
Tienes que leer
Alivio a usuarios: reconexión de servicios de internet costaría solo mil pesos
Así será el incremento de IVA en varios productos y servicios con reforma tributaria del Gobierno
Ingresos de Tecnoglass aumentaron un 16.3%